FSC-CCOO Aragón | 29 marzo 2024.

Nueva regulación del permiso de maternidad y el del otro progenitor

    CCOO y UGT acuerdan con Función Pública la actualización del antiguo permiso de paternidad y el permiso de maternidad a la normativa vigente.

    10/06/2019.
    Mejora de los permisos de "maternidad" y "paternidad" en la DGA!

    Mejora de los permisos de "maternidad" y "paternidad" en la DGA!


    El pasado 7 de marzo se publicaba la nueva regulación del permiso de maternidad y del permiso del progenitor diferente de la madre. Esta nueva regulación reconoce el derecho al permiso de lactancia para el otro progenitor y modifica las condiciones del disfrute de los permisos de ambos, aumentando la flexibilidad.


    Nueva regulación:

    Lactancia.- Los dos progenitores tienen derecho individual al permiso de lactancia, que se podrá acumular (4 semanas, con carácter general). Este permiso deberá disfrutarse inmediatamente después de la finalización del permiso de maternidad o el equivalente del otro progenitor diferente de la madre biológica
    El personal interino o temporal tendrá derecho a este permiso, gracias a la propuesta presentada por CCOO, acabando así con una discriminación injustificable.

    Permiso del otro progenitor (antes paternidad).- Se modifican los períodos voluntarios y obligatorios de disfrute del permiso, que quedan de la siguiente manera:

    2019: 8 semanas, 2 posteriores al parto o adopción.
    2020: 12 semanas, 4 posteriores al parto o adopción.
    2021: 16 semanas, 6 posteriores al parto o adopción. 

    Flexibilidad en el disfrute de las semanas no obligatorias.- Será obligatorio el disfrute de las 6 semanas posteriores al parto o adopción en el caso de la madre, y de 2 semanas (para este año 2019) para el otro progenitor.
    Las semanas restantes,10 en el caso de la madre y 6 en el caso del otro progenitor podrán disfrutarse por períodos mínimos de una semana, siempre que se solicite con una antelación de 15 días. Las semanas restantes también se podrán utilizar a tiempo parcial.

    Vacaciones pendientes del año anterior de la madre.- Con la nueva regulación, las vacaciones pendientes del año anterior de la madre se solapaban con el permiso del otro progenitor, perdiendo así la posibilidad de alargar el tiempo dedicado al cuidado del lactante. Finalmente, y a propuesta de CCOO, la norma autonómica permitirá que la madre disfrute sus vacaciones (si así lo desea) tras la finalización del permiso del otro progenitor.

    En definitiva, esta Instrucción viene a actualizar el Acuerdo alcanzado por CCOO y UGT el pasado 15 de noviembre en la Mesa General de Negociación, permitiendo a través de su Comisión de Seguimiento mejorar aquellos aspectos que habían quedado fuera (lactancia acumulada para personal interino), o que empeoraban con la nueva regulación (vacaciones pendientes de la madre).


    INSTRUCCIÓN sobre permisos por Lactancia; por nacimiento para la madre biológica; por nacimiento, adopción o acogimiento; del progenitor diferente a la madre biológica por nacimiento, adopción o acogimiento; por razón de violencia de género sobre la mujer funcionaria:
    ver INSTRUCCIÓN


    TABLA DE CCOO PERMISOS:
    ver TABLA