FSC-CCOO Aragón | 20 abril 2024.

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      Reincorporación de personas sensibles al trabajo presencial.

      • El Ministerio de Sanidad estableció un protocolo de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales, frente a la exposición al SARS-Con-2 (30 de abril de 2020)
      • En él se recoge que el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales deberá evaluar la presencia del personal trabajador especialmente sensible, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección.

      19/05/2020.
      ¿Qué puedes hacer si consideras que eres una persona trabajadora especialmente sensible al COVID-19?

      ¿Qué puedes hacer si consideras que eres una persona trabajadora especialmente sensible al COVID-19?

      El Ministerio de Sanidad establece un protocolo de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales, frente a la exposición al SARS-Con-2. Mo de Sanidad (30 de abril de 2020), donde recoge que el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales (el Servicio de Prevención y Salud Laboral del Ayuntamiento, en este caso), deberá evaluar la presencia del personal trabajador especialmente sensible, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección.


      Pueden ser causa de esta catalogación como personas vulnerables: las personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencia, cáncer en fase de tratamiento activo, embarazo y mayores de 60 años.


      El hecho de que inicialmente se pueda estar en los criterios de “personas vulnerables”, no significa que no se pueda incorporar al puesto de trabajo. Dependerá de las características del puesto de trabajo en concreto.


      Por ello, recomendamos que cuando se produzca el llamamiento al trabajo presencial, se comunique con el Servicio de Prevención y Salud Laboral para que valore las condiciones del puesto de trabajo y, en caso necesario, emita un informe en el que se especifiquen las adaptaciones pertinentes, con indicaciones concretas relativas al desempeño del puesto; siempre que sea necesaria una adaptación del mismo, para que la reincorporación sea segura.


      CCOO ya advirtió por escrito (20 de abril) y en la reunión del Comité de Seguridad y Salud del 6 de mayo, que podría darse una avalancha de solicitudes. Para evitarlo propuso fórmulas, siguiendo el ejemplo de otras administraciones, de recogida de información previa. No se consideró oportuno.