FSC-CCOO Aragón | 16 marzo 2025.

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      CONCURSO DE TRASLADOS

      El Ministerio de Justicia remite la resolución definitiva del concurso de traslados 2020

      • Fecha de publicación en el BOE prevista: 19-2-2021.No remite sin embargo aún los listados de adjudicaciones definitivas, que informa lo hará a lo largo de la próxima semana

      05/02/2021.
      Concurso de Traslados Cuerpos Generales

      Concurso de Traslados Cuerpos Generales

      El MINISTERIO DE JUSTICIA REMITE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONCURSO 2020

      Fecha de publicación en el BOE prevista: 19/2/2021

       

      FECHAS DE CESE: 

      • TRAMITACIÓN 22 DE FEBRERO
      • GESTIÓN Y AUXILIO: 26 DE FEBRERO

       

      No remite sin embargo aún los listados de adjudicaciones definitivas, que informa lo hará a lo largo de la próxima semana.


      La orden establece en su apartado quinto:


      Quinto.- Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales o en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios que se encuentren reingresados provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: 

      Tramitación Procesal y Administrativa, el 22 de febrero de 2021, lunes;

      Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 26 de febrero de 2020, viernes.

      Tal y como había reclamado CCOO se introduce un nuevo apartado en la orden:

      "Noveno.- Debido a la situación de pandemia que estamos viviendo actualmente, en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados, se les amplía el plazo de cese y de toma de posesión durante el tiempo imprescindible que sea necesario para solventar el concreto caso en el que se encuentre la persona afectada.

      Para ello, comunicarán dicha circunstancia a la Gerencia Territorial o al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, aportando la documentación acreditativa de la imposibilidad de asistir a tomar posesión en el destino adjudicado. Una vez que finalice la causa de dicha imposibilidad, deberán comunicarlo también a la Gerencia o Comunidad Autónoma, cesando al día siguiente de dicha notificación, contando entonces los plazos posesorios establecidos en los puntos Sexto y Séptimo.