FSC-CCOO Aragón | 24 abril 2024.

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      Solicitud para inclusión del plus de nocturnidad durante las vacaciones.

      • Hace unos días tuvimos conocimiento de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Zaragoza que reconoce a un trabajador municipal el derecho a percibir durante las vacaciones el plus de nocturnidad tomando como referencia la media mensual de cada año.

      05/05/2021.
      USN

      USN

      El fallo de esta sentencia se basa en el criterio jurisprudencial establecido por el Tribunal Supremo en una reciente sentencia de 1 de octubre de 2020 en la que concluye que “los pluses de nocturnidad y festividad, si son una característica del puesto de trabajo son una retribución ordinaria por los servicios que se prestan regularmente y, por tanto, deben integrarse en el complemento específico que retribuye las singulares condiciones del puesto de trabajo, por lo que el importe de los mismos no puede ser detraído de la retribución durante el mes de vacaciones”.

      Desde CCOO se ha pasado, al resto de la Representación Sindical, un escrito para sellar y enviar a Recursos Humanos, solicitando se haga una extensión de sentencia a todo el personal con idénticas condiciones laborales que quien ha ganado la sentencia, así como que se abra una Mesa de Negociación para analizar a qué otros/as Trabajadores/as se puede aplicar el contenido de la sentencia mencionada.