FSC-CCOO Aragón | 30 diciembre 2024.

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      SITUACIÓN NEGOCIACIONES EN TRANSPORTES HERMANOS SESÉ

        EN VERANO SEGUIMOS TRABAJANDO, SEGUIMOS NEGOCIANDO

        19/07/2024.
        Camiones Hermanos Sesé

        Camiones Hermanos Sesé

        Desde el sector de transportes y logística de CCOO Aragón queremos informar a la plantilla de Hermanos Sesé Asensio de las siguientes cuestiones:

        El pasado mes de junio 2024 finalizó el acuerdo que teníamos suscrito con la empresa, por lo que, consideramos imprescindible, la necesidad de regular aspectos como la presencia / disponibilidad, así como otros aspectos.

        Como integrantes del Comité de Empresa, se está trabajando conjuntamente junto con al resto de representantes para abrir un marco de negociación con la empresa para llegar a un Acuerdo de Empresa para el cobro de las horas de presencia / disponibilidad del RD 651/2006, así como otros aspectos de relevancia para todos los trabajadores de la plantilla y que, en caso de no llevarse a cabo, nos tendríamos que acoger estrictamente al Convenio de mercancías y logística de la Provincia de Zaragoza, al II Acuerdo General de Mercancías y al propio RD 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso.

        Algunas de las cuestiones que urge negociar (y acordar):

        • Determinar una cuantía mensual que venga a remunerar los tiempos de presencia y disponibilidad (es decir, las horas que se hacen por encima del convenio colectivo).
        • Remunerar las cargas y descargas que se efectúan en el extranjero y que en territorio nacional está prohibido por ley.
        • Establecer un protocolo de custodia de enseres personales en caso de que el conductor tenga que abandonar su vehículo habitual, por cualquier razón.
        • Plus de vacaciones, cuando un trabajador permanece de vacaciones ha de cobrar las medias que habitualmente ha venido cobrando en los últimos ocho meses, a excepción de las dietas, ya que de la retribución en periodo de vacaciones únicamente han de excluirse los complementos “ocasionales”, y lsa comisiones cuando no se abonan de modo habitual (Sentencia Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1ª, de 19 de diciembre de 2023, recurso n.º 2568/2021).
        • Remunerar los trabajos adicionales y extras que suponen los cinchados en determinados clientes.
        • Recoger en el acuerdo el cobro de sábados y domingos, así como el disfrute de los festivos correspondientes a la localidad del conductor.

        Y, naturalmente, tener en cuenta aquellas novedades normativas que se publiquen para poderlas incorporar, así como tratar aquellos temas que la plantilla consideréis de importancia.

        Consideramos que es algo vital tener claros los objetivos así como unir a la representación en la negociación de las cuestiones que inciden en nuestras retribuciones y condiciones de trabajo.

        MUCHAS GRACIAS POR VUESTRO APOYO Y QUEDAMOS A VUESTRA DISPOSICIÓN PARA RECIBIR CONSULTAS Y PROPUESTAS.

        OS MANTENDREMOS INFORMADOS…