FSC-CCOO Aragón | 21 noviembre 2024.

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      Estrés térmico en el trabajo

        Ante situaciones de altas temperaturas, cada vez más frecuentes, intensas y prolongadas, desde CCOO, solicitamos medidas de protección colectiva del personal que trabaja al aire libre.

        05/06/2023.
        medidas de prevencion estrés térmico

        medidas de prevencion estrés térmico

        El calor es un riesgo laboral reconocido que debe formar parte de la prevención en los centros de trabajo o unidades administrativas, especialmente en aquellos que realizan actividades al aire libre, como la agricultura, la ganadería o la vigilancia del medio natural, pero también tareas de mantenimiento y conservación, o en aquellas tareas que implican esfuerzo físico o el uso de equipos de protección individual.

         

        Las olas de calor son una realidad que ha venido para quedarse y, desde CCOO, no sólo llevamos años advirtiendo del agravamiento de este riesgo, sino de la obligación de prevenirlo. Además, la exposición al calor extremo, tiene un fuerte impacto en las categorías laborales más precarizadas, peor remuneradas y con menor consideración social, aunque se trate de trabajos esenciales, como pudimos comprobar en lo peor de la pandemia.

         

        Ante la inexistencia de límites legales de temperatura en trabajos al aire libre, la acción preventiva se basaba en preceptos generales recogidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Ahora, la reciente publicación del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, establece la obligación concreta de dotarse de medidas preventivas adecuadas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos (como las temperaturas extremas, pero también otros), incluida la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que estos concurran. Dichas medidas preventivas emanarán de una necesaria evaluación del riesgo por temperaturas extremas, teniendo en cuenta las características de las tareas a desarrollar y las características individuales de la persona y de su estado biológico.

         

        No obstante, la norma prevé que, cuando se emita por parte de las agencias de meteorología aviso de fenómenos de nivel naranja o rojo, será imprescindible adaptar las condiciones de trabajo, pudiendo incluir una reducción o modificación de la jornada de trabajo, cuando las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección.

         

        Por ello, desde CCOO-DGA solicitamos al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que desarrolle un “protocolo de prevención de riesgos por altas temperaturas” en aquellos trabajos en los que hay exposición al estrés térmico contemplando, al menos, los siguientes puntos:

         

        👉 Identificar los puestos de trabajo con riesgo de exposición a altas temperaturas, contemplando todas las posibles tareas y situaciones de riesgo.

        👉 Evaluar el riesgo y planificar las medidas preventivas específicas.

        👉 Formar e informar a las personas trabajadoras y a las personas con responsabilidad sobre el riesgo y las medidas preventivas.

        👉 Incorporar las medidas organizativas y técnicas necesarias para reducir la exposición a altas temperaturas, como la rotación de las personas trabajadoras, disminución de la carga de trabajo, redistribución de la jornada y las tareas, planificar descansos y, si es necesario, incrementar las pausas en ambientes frescos, suministrar agua, no trabajar en solitario, etc.

        👉 Proporcionar a las personas trabajadoras ropa adecuada, ligera, holgada, que deje transpirar y no dificulte sus movimientos. En los trabajos al aire libre se dotará gorro o sombrero y se utilizarán gafas solares y cremas de protección, en caso de exposición directa al sol.

        👉 Establecer y planificar la vigilancia de la salud y los primeros auxilios para que contemplen el riesgo específico por altas temperaturas.

        👉 Contar con la participación de los trabajadores y trabajadoras y/o de sus representantes en la gestión del riesgo por altas temperaturas.

         

        La negociación de este protocolo para la realización de trabajos en situaciones de calor extremo ha sido solicitada por CCOO de forma reiterada, y además recientemente durante el año 2022 y en la MSAG de 25 de enero de 2023, en la propuesta de calendario de negociación, pero ahora, se ha convertido en una obligación inaplazable dadas las novedades legislativas.