FSC-CCOO Aragón | 24 mayo 2025.

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      El TSJA da la razón a CCOO y el personal del bus de Zaragoza tendrá derecho a 5 días de permiso por hospitalización de familiar o convivientes

        El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha fallado a favor de la Sección Sindical de CCOO en la empresa de autobuses urbanos de Zaragoza, Avanza, considerando que los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a disfrutar del permiso laboral retribuido de 5 días por accidente, enfermedad, etc. de familiares y convivientes. 

        10/10/2024.
        Aubuses urbanos de Zaragoza

        Aubuses urbanos de Zaragoza

        En concreto el fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón establece que los trabajadores y trabajadoras, en este caso de la empresa Avanza Zaragoza SAU, tienen derecho a "disfrutar de cinco días de permiso retribuido en los casos de accidente o enfermedad graves,hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización queprecise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parienteshasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido elfamiliar consanguíneo de la pareja a de hecho, así como de cualquierotra persona distinta de las anteriores, que conviva con la personatrabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivode aquella."

        La demanda al TSJA fue presentada por los servicios jurídicos de CCOO Aragón en representación de la Sección Sindical de CCOO en Avanza, empresa que gestiona los autobuses urbanos de Zaragoza, ante una desestimación de un conflicto colectivo planteado anteriormente ante el Juzgado de lo Social. Tanto en dicho conflicto como en la actual lo que se trataba de impedir era el criterio restrictivo de la empresa que establecía que el permiso duraba el tiempo que dura el proceso, y como máximo 5 días.

        Las sentencia del TSJA establece que el permiso tiene una duración de 5 días por la aplicación de la de los permisos retribuidos recogidos en el decreto 5/2023 que modifican el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores y que amplían y mejoran lo recogido en la mayoría de los convenios colectivos siendo derecho necesario..

        Esto es fruto de la transposición de la Directiva comunitaria 2019/1158 donde establece derechos individuales relacionados con “formulas de trabajo flexible para los trabajadores que sean progenitores o cuidadores”.

        Por lo que se desprende que el permiso no sólo está conectado con el hecho causante de la situación de salud que requiere hospitalización, sino con el cuidado que se debe prestar por parte de familiar y/o conviviente.

        Las sentencia es de obligado cumplimiento.